Desde que estudié en la carrera el mítico Curso de Derecho Administrativo del Eduardo García de Enterría el tema del Decreto-Ley me ha resultado singularmente interesante. No comparto las muchísimas prevenciones que el gran maestro de los administrativistas españoles expuso y la mentalidad que creó en torno a este instrumento jurídico, pero lo cierto es que mi interés nace en este punto.
Al nacer el Estado de las Autonomías, los ejecutivos regionales no fueron dotados de la potestad de dictar disposiciones legales con rango de Ley, el Decreto-Ley, siendo un tipo de norma específicamente estatal.
En Euskadi hubo una curiosa excepción durante el mandato de Carlos Garaicoechea como Lehendakari. El Parlamento Vasco aprobó una ley habilitante, la ley 17/1983 de 8 de septiembre, que facultaba al gobierno vasco a dictar decretos-leyes durante el plazo de cuatro meses para atender a las consecuencias de las inundaciones habidas en el País Vasco. La ley previó la convalidación y su tramitación como ley remitiéndose a las disposiciones constitucionales que lo regulan en el ámbito nacional. Fue un procedimiento cuanto menos lleno de lagunas.
Desde entonces silencio. Algunos estatutos previeron la posibilidad de que se pudieran dictar Decretos Legislativos para crear textos refundidos, pero tiene un alcance menor. La tercera ola de los estatutos, la que comenzó con el mítico Estatut, hizo que muchos de ellos introdujeran el Decreto-Ley dentro de las facultades del ejecutivo autonómico, copiando la regulación de la Constitución y con ella, en principio, incorporando la comprensiva jurisprudencia del Tribunal Constitucional acerca del alcance de “extraordinaria y urgente necesidad”.
Nadie puede cuestionar que nos encontramos ahora en una situación casi permanente de “extraordinaria y urgente necesidad” y muchas comunidades, que tienen reformado el estatuto de autonomía, han recurrido a ellos. Quedan comunidades que no tienen esta posibilidad y una de ellas, la Comunidad de Madrid, aprobó ayer en Consejo de Gobierno la iniciativa de reforma del Estatuto de Autonomía, todo lo cual merece una consideración aparte.
No ha sido óbice para que con la excusa del Covid se colasen “cositas” como la incorporación de alguien a una comisión del CNI o la legalización del enchufismo en determinada región.
El gobierno catalán ha sido el ejecutivo que más Decretos-Leyes (24) ha dictado, siendo el único que ha superado al gobierno central (19). Extremadura (14), Comunitat Valenciana (13) y Canarias (10) forman el grupo que han superado la decena. Por debajo de la decena tenemos a Baleares (8), Navarra (8), Murcia (8) y Aragón (5). En total han sido ciento treinta y tres (133).